Importante charla virtual con el Asesor Jurídico de FEBA.

La Federación de Nucleamiento Empresarial del Noroeste Bonaerense (FNENB), informa que la Federación Económica de la Provincia de Buenos Aires  (FEBA), brindó una interesante videoconferencia con el Dr. Sergio Mascaró cuyo
objetivo fue abordar las consultas de índole jurídica que tienen las cámaras adheridas, en el contexto del
Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.
El vicepresidente, Juan Carlos Uboldi, inició la reunión explicando que “la idea es actualizar
conocimientos sobre Personería Jurídicas en lo que respecta a reuniones de Comisión Directiva, y
Asambleas durante la pandemia, y también lo referente a los certificados de vigencia”.
Mascaró comenzó explicando que “quienes hayan realizado la Asamblea no tienen ningún tipo de
problemas para presentar la documentación vía mail, ya que Personería Jurídica lo está recibiendo”.
En caso contrario, quienes no haya realizado aún su Asamblea y haya vencido su ejercicio económico
de este año, el asesor de FEBA informó que la Dirección Provincial de Personería Jurídica (DPPJ) a
través de la disposición 12/2020 prorrogó por 180 días, desde el 16 de marzo, la presentación de la
documentación. “Ninguna cámara está en deuda, por más que hayan vencido los plazos de su último
ejercicio económico. Es una prórroga tácita por la pandemia y lo mismo aplica para aquellos miembros
del Directorio cuyos mandatos se vencieron”.

Para la Jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, la Dirección Provincial de Personas Jurídicas
entiende que resulta aplicable lo establecido por el Artículo 158 del Código Civil y Comercial, sin efectuar
ninguna consideración en particular.
Es por ello que, las asociaciones civiles que realicen sus reuniones o asambleas por medios digitales,
deberán tener especialmente en cuenta los siguientes recaudos:

– Que el acto sea consentido por todos los miembros que puedan participar de la reunión o asamblea.
– Para que las decisiones tomadas en el acto celebrado sean válidas, el temario (puntos del orden del
día) debe ser aprobado por unanimidad.
– Puede utilizarse cualquier medio digital (no solamente el ZOOM) siempre que el medio utilizado
asegure: (i) Libre accesibilidad de todos los accionistas con voz y voto; (ii) El medio que se utilice debe
permitir la transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras durante toda la reunión.
– En la convocatoria se debe detallar el canal de comunicación elegido; el modo de acceso para
participar y el procedimiento para poder emitir el voto a distancia. Podrá por ejemplo establecerse en la
convocatoria, además de los temas a tratar, la indicación del medio virtual o plataforma digital a
utilizarse, dirección URL o Link donde debe unirse a la plataforma.
– Podría establecerse un instructivo de uso de la plataforma. Establecer un teléfono de contacto para
utilizar como asistencia técnica.
– Establecer un Moderador ya sea presidente o delegar en el secretario
– El acta se transcribirá en el libro de actas rubricado y debe ser suscripta por el presidente y otro
administrador, indicándose la modalidad adoptada, debiendo guardarse las constancias, de acuerdo al
medio utilizado para comunicarse.
– Los accionistas deben comunicar su asistencia por medio fehaciente (que puede ser correo electrónico
a la casilla que se habilite a tal efecto).
– La reunión celebrada deberá ser grabada en soporte digital y el secretario u otro representante, deberá
conservar una copia en soporte digital de la reunión, para ser puesta a disposición de cualquier asociado
que la solicite.
Sobre los Certificados de vigencia el asesor de FEBA informó que se puede solicitar de manera online. Y
resaltó: “Es importante para presentar en cualquier organismo público, bancos, AFIP. Por ejemplo, FEBA
es garante de Banco Medio de Pagos y responde sobre entidades que deberían tener su certificado de
vigencia y regularizada su situación”.
Las cámaras que adeudan hasta 5 ejercicios económicos los pueden presentar vía mail. “Es muy
importante y es responsabilidad de la Comisión Directiva”, sostuvo Mascaró.
El procedimiento de regularización es cuando a la entidad sólo le faltó presentar la documentación, pero
realizó sus asambleas y sus ejercicios económicos. Cuando esto no es posible se tiene que iniciar un
proceso de normalización.
Camilo Alberto Kahale, presidente de FEBA, fue el encargado de cerrar el encuentro: “Fue una muy
buena idea esta reunión. Me alegra la concurrencia que tuvo, al hacerlo de manera virtual más de un
centenar de personas se pudieron conectar y asesorarse”. Y subrayó que “FEBA los va a ayudar a que
pongan sus entidades en orden, es muy importante hacerlo”.