El Nucleamiento, a traves de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que el Gobierno Nacional, mediante el Decreto 1170/2018, reglamentó el cobro del Impuesto a las Ganancias a la renta financiera, que gravará a los rendimientos de bonos y de plazos fijos. En términos generales, se pagará entre un 5 % y un 15 % de la renta.

La norma, que surgió de la última reforma tributaria realizada a través de la Ley 27.430 y que comenzará a implementarse desde mediados del 2019, alcanzará con dicho impuesto actividades financieras sobre las que antes no se regía.
Para estar alcanzado por el impuesto, las ganancias deberán superar los $ 66.917,91 y la aplicación de la medida será retroactiva al primero de enero de 2018, donde se tributará por la renta de los plazos fijos, la compra-venta de dólares, el cobro de alquileres, fondos de inversión y títulos públicos, entre otros.
Las únicas excepciones para la aplicación del impuesto son los fondos en cajas de ahorro, las inversiones en acciones de empresas argentinas y las ganancias que sean resultado de una valorización de cuotas partes de fondos comunes de inversión con un mínimo de 70% en acciones argentinas.
El gravamen rige para los beneficios obtenidos a partir del 1 de enero de 2018 y el año fiscal cerrará el 31 de diciembre próximo, es decir que se tendrán en cuenta los ingresos obtenidos por todas operaciones realizadas durante el año.
Para acceder al Decreto 1170/2018, haga clic aquí.