CORONAVIRUS: LICENCIA EXTRAORDINARIA PARA TRABAJADORES QUE VUELVAN DE ZONAS AFECTADAS
La resolución destaca que esa licencia “no afectará la normal percepción de las remuneraciones normales y habituales, como así tampoco de los adicionales que por ley o Convenio les correspondiere percibir”.
Además, no será computada a los fines de considerar toda otra prevista normativamente o por Convenio y que pudieran corresponder al uso y goce del trabajador.
“Resulta de vital importancia la pronta aislación de los trabajadores que vengan de zonas con Coronavirus a efectos que no representen un riesgo de infección para otras. Se deben cumplir con las prevenciones sanitarias establecidas en las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación o en su caso con los protocolos y tratamientos médicos pertinentes sin que tal situación afecte cualquiera”, explica en sus considerandos el texto de la norma.
Cabe destacar que el Covid-19, que se inició en China a fines de diciembre pasado, ya causó en ese país 3070 muertos y se propagó a más de 50 países de Europa, Asia, América y Oceanía
A la fecha, las áreas de transmisión sostenida son Italia, España, Francia y Alemania, además de China, Japón, Corea del Sur e Irán.
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