Se presentó en diputados el proyecto de Ley de ampliación de la Moratoria 2020.
La Federación del Nucleamiento Empresarial del Noroeste Bonaerense (FNENB), a través de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), esta informa que se presentó en la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de Ley de Ampliación de la Moratoria 2020, por parte del oficialismo. El objetivo del mismo es incluir a todos los contribuyentes que originalmente no habían sido contemplados en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva y aliviar la carga de las deudas acumuladas durante la pandemia del Covid-19.
Principales características del proyecto son:
• Amplía el universo de contribuyentes que pueden adherirse a la moratoria vigente a todas las personas jurídicas y humanas para ofrecer alivio, pudiendo regularizar sus deudas los contribuyentes que no podían acceder en los términos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.
• Permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2020
• Será posible adherirse hasta el 31 de octubre de 2020
• Primera cuota vence el 16 de noviembre
• Dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras.
• Los plazos serán de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.
• Condonación parcial de intereses y total de multas.
• Tasa de interés fija del 2% mensual hasta enero de 2021 y, a partir de ese momento, una tasa variable en pesos (se reformularán los planes ya ingresados a la moratoria para que esa sea la tasa).
• Permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda (sólo pueden utilizarse aquellos saldos existentes antes de la aprobación de la ley y no puedan utilizarse saldos técnicos para compensar).
• Establece condiciones para las empresas de mayor tamaño. Durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.
Desde CAME recibimos con beneplácito que se incluyan deudas vencidas hasta el 30 de junio ya que fue un pedido llevado adelante desde la entidad. A su vez, apoyamos este proyecto de ley que pone a las pymes argentinas en primer lugar a la hora de comenzar una reactivación productiva y económica del país, mediante la propuesta de acciones superadoras para poder cubrir las obligaciones tributarias.