AFIP: Arancelamiento de servicios modificaciones.

La Federación del Nucleamiento Empresarial del Noroeste Bonaerense (FNENB), a través de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) informa que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó la Resolución General 3032 a efectos de permitir el ingreso de los aranceles correspondientes al diligenciamiento de oficios a través del procedimiento de transferencia electrónica de fondos, de acuerdo con lo establecido en la Resolución General 1778, sus modificatorias y complementarias.

En este sentido, el ingreso de los aranceles y de los demás conceptos no tributarios se podrán efectuar mediante las formas que se detallan a continuación:

  • Depósito bancario en las entidades habilitadas de acuerdo con el procedimiento, formas, medios de pago y demás condiciones previstos en la Resolución General Nº 1.217 y su modificatoria, utilizando el volante de pago F.1012 para el ingreso de los aranceles de oficios (2.1.), o bien el volante de pago F.1013 para la cancelación de los restantes aranceles y conceptos no tributarios (2.2.), en ambos casos con todos sus rubros cubiertos.
  • Transferencia electrónica de fondos de acuerdo con el procedimiento establecido por la Resolución General Nº 1.778, sus modificatorias y complementarias.

Para ello se deberá acceder al sitio http://www.afip.gob.ar utilizando la Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 y para confeccionar el mencionado volante se deberá ingresar al servicio denominado “Presentación de DDJJ y Pagos”, opción generar “Nuevo VEP”, seleccionar en “Organismo Recaudador” la opción “AFIP” y en “Grupos de Tipos de Pago” indicar “Tasas y Aranceles”.

La medida fue publicada en la Resolución General 4821/2020