Ley de Góndolas: Código de buenas practicas comerciales de Distribuciones Mayoristas y Minoristas.
La Federación del Nucleamiento Empresarial del Noroeste Bonaerense (FNENB) a través de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) informa que la Secretaría de Comercio Interior aprobó el Código de Buenas Prácticas Comerciales de Distribución Mayorista y Minorista de conformidad con las previsiones de la Ley Nº 27.545 de Góndolas.
Fue publicado a través de la Resolución 340/2021 y podrá acceder al Código de Buenas Prácticas a través del siguiente enlace . Dicho Código, será de adhesión obligatoria para los sujetos alcanzados por el artículo 3 de la Ley ( supermercados totales; supermercados; supertiendas; autoservicios de productos alimenticios; autoservicios de productos no alimenticios; cadenas de negocios minoristas; organizaciones mayoristas de abastecimientos; tipificadores-empacadores de productos perecederos; centros de compras ) y facultativo para quienes adhieran voluntariamente. Por último, la medida entrará en vigencia a partir de los próximos 30 días corridos |