Ley de Impuestos a las Ganancias.
La Federación del Nucleamiento Empresarial del Noroeste Bonaerense (FNENB), a través de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CACS), informa que en el día de la fecha, el Poder Ejecutivo, estableció mediante el Decreto 473/2023 el incremento a $ 1.770.000 del piso de ingresos brutos mensuales a partir del cual los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados comienzan a pagar el impuesto a las ganancias, así como también, se exime del pago a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario de 2023 (SAC) de los trabajadores cuya remuneración y/o haber bruto no supere la suma indicada.
Por otra parte, para el caso de los sujetos que sí superen el importe mencionado anteriormente, señalamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deberá establecer los incrementos en los importes de la escala progresiva de la Ley de Impuesto a las Ganancias, con efectos para el período comprendido desde el 14 de septiembre de 2023 y hasta los montos percibidos al 31 de diciembre de 2023, inclusive.
La presente resultan de aplicación para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de octubre de 2023.